Este 2020 nos ha dejado una valiosa lección a los habitantes del mundo y esta, es que la incertidumbre es una variable con la cual debemos vivir todos los días, cuanta más información tengamos, mejores decisiones podremos tomar y es por eso que creamos este blog especial para que los rectores de diferentes instituciones se informen sobre el seguro obligatorio para rectores.
La ley 1075 del año 2015, decreta que todos los rectores deben de contar con una póliza obligatoria que los proteja frente a diferentes delitos de administración pública y perjuicios económicos como lo pueden ser:
- Apropiación indebida de dineros, valores o títulos de la propiedad.
- Hurto
- Hurto calificado
- Abuso de confianza
- Falsedad y estafa
Nuestra póliza especial para rectores cubre diferentes temas o rubros en los cuales se pueda incurrir durante un proceso administrativo.
¿Qué cubre nuestra póliza?
- Es una póliza global, eso quiere decir que cubre al rector y al tesorero.
- Delitos contra la administración pública Fallos con responsabilidad fiscal.
- Gastos de rendición de cuentas.
- Gastos de reconstrucción de archivos.
Amparos adicionales que puede tener esta póliza.
- Amparo por pérdidas causadas por empleados no identificados (sub limitado)
- Amparo por pérdidas causadas por empleados de empresas especializadas y temporales (sub limitado)
- Amparo automático para nuevos cargos
Además de cubrir una baraja completa, nuestro seguro tiene diferentes ventajas para quienes lo adquieren cómo: Tasas competitivas y deducibles bajos, permite asegurar a servidores públicos de manera individual; trabajamos con 3 de las compañías más reconocidas en el sector para este tipo de productos.
El equipo Torres Guarín es un equipo de asesores que ha trabajado desde 1976 brindando soluciones a la medida de nuestros clientes, por eso queremos seguir brindando tranquilidad y asesoría a tu medida.